Subvenciones en Energías Renovables para PYMEs de Extremadura
Según la ORDEN de 9 de septiembre de 2020 del DOE, se establecen las bases reguladoras para el régimen de concesión de subvenciones para actuaciones de fomento de energías renovables en Extremadura.
Beneficiarios
Podrán optar a esta línea 3 de ayudas las empresas privadas y sus agrupaciones,
respecto a los establecimientos o emplazamientos donde realicen su actividad empresarial, siempre que adopten alguna de las siguientes formas jurídicas:
- Empresarios individuales (autónomos).
- Sociedades anónimas, sociedades limitadas, sociedades
cooperativas, sociedades agrarias de transformación y sociedades civiles con personalidad jurídica. - Proveedores de servicios energéticos.
- Comunidades de bienes.
Actuaciones subvencionables
- Instalaciones solares fotovoltaicas y mixtas fotovoltaica-eólica.
- Instalaciones solares térmicas de baja temperatura.
- Instalaciones de geotermia.
- Instalaciones de aerotermia e hidrotermia.
- Instalaciones solares térmicas de concentración de media temperatura para aplicaciones industriales.
- Instalaciones de digestión anaerobia para el aprovechamiento energético de
residuos biodegradables, para la producción de solo, o calor y electricidad. - Instalaciones térmicas que utilicen la biomasa como combustible y sustitución de quemadores de combustibles fósiles por quemadores de biomasa.
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Contacto directo
Jorge Esteban Muñoz de Rivera
Desarrollo de Negocio Renovable
jorge.esteban@anesca.es
Móvil: 619 87 20 06
Avenida de la Ciudad de Barcelona 132
3º Izquierda
28007 Madrid
Fax: 91 357 40 28
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